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Ayudas de hasta 1.000 € por nacimiento o adopción en la Comunidad de Madrid: cómo solicitarlas y requisitos

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Están pensadas para favorecer la natalidad. Unsplash
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Tener un hijo es un cambio radical en la vida de los padres, una situación completamente nueva para la que no todo el mundo está completamente preparado, pues puede traer asociadas muchas circunstancias con las que no se contaba, emociones y sentimientos con los que hay que lidiar a la vez que se cuida de alguien que depende completamente de sus padres. 

Una situación en la que cualquier ayuda es bien recibida y, aunque por parte de familiares y amigos el apoyo suele ser emocional, con visitas en los momentos adecuados, estancias breves que permiten que los padres puedan darse una ducha tranquilamente, o ponerse al día con ciertas tareas, tampoco está mal recibir un apoyo económico. 

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Si parte del núcleo más cercano a los padres, suele venir en la forma de ropa nueva para el bebé, productos de higiene o elementos que todos los bebés necesitan, como carritos para salir a la calle o sillitas si son más mayores, asientos homologados para el coche, para que pueda viajar seguro, pañales, cremitas, patucos… Detalles que tienen los más cercanos y que la familia agradece. 

La Comunidad de Madrid ha querido poner también su granito de arena con una medida económica con la que busca aumentar la natalidad. El Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029 ofrece una ayuda económica a las familias que den la bienvenida a un nuevo miembro a la familia, ya sea a través de la adopción o de nacimiento tradicional. 

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Ayudas por nacimiento o adopción en la Comunidad de Madrid: cómo solicitarlas y requisitos 

La ayuda está destinada para las familias que hayan aumentado con la llegada de un menor de edad, ya sea a través de nacimiento o de adopción, entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de agosto de 2026, y que estén empadronadas en el municipio de Madrid. Se trata de un pago único que puede llegar a alcanzar los 1000 euros, aunque esta cuantía será solo si se trata del tercer hijo o más. En el caso de ser el primer hijo nacido o adoptado, se entregarán 500 euros, y serán 750 euros en caso de ser el segundo o segunda. 

Según informa la web del Ayuntamiento de Madrid, podrán acceder a esta ayuda tanto los españoles como los extranjeros con residencia legal en España, que estén empadronados en Madrid en los últimos cinco años ininterrumpidos, que tengan la tutela total de los menores y que no estén incluidos en alguna de las causas de prohibición que se establecen en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La solicitud puede hacerse online, a través de la página del Ayuntamiento, pero también presencialmente, en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid. El plazo para presentarlo es de dos meses desde el nacimiento o la adopción. Para los nacidos o adoptados antes del establecimiento de esta norma (y después del 1 de junio), serán dos meses desde el día de la publicación de la misma, el 3 de noviembre. 

Será necesario presentar los documentos de solicitud de la ayuda, así como el resto de documentación necesaria, que incluye el certificado familiar de empadronamiento o una declaración responsable de no estar privado total o parcialmente de la patria potestad de sus menores.