Diego 'El Cigala' no entrará en prisión tras su condena por violencia de género: las condiciones que debe cumplir
La Audiencia de Cádiz suspende la pena de prisión al cantante, que deberá cumplir varias medidas durante más de dos años para evitar ingresar
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Diego 'El Cigala' no ingresará en prisión pese a la condena de 25 meses por varios delitos de violencia de género contra su expareja, Quina Méndez. Los hechos fueron juzgados por un juzgado de Jerez de la Frontera, que en diciembre de 2024 le declaró culpable de tres delitos de malos tratos en el ámbito de la violencia de género y un delito leve de vejaciones. Ahora, la Audiencia Provincial de Cádiz ha acordado suspender el cumplimiento de las penas al considerar que se cumplen los requisitos legales previstos y que no existe riesgo de reincidencia ni peligro para la víctima.
No entrará en prisión, pero deberá cumplir varias condiciones
La Audiencia Provincial de Cádiz ha decidido suspender la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas a Diego El Cigala después de confirmar la condena dictada en primera instancia. Aunque la suma de las penas alcanza los 25 meses de prisión, el tribunal ha analizado cada una de ellas de forma individual, lo que ha permitido aplicar la suspensión al no superar ninguna por separado el límite legal establecido.
De este modo, el artista evitará el ingreso en prisión, aunque la medida queda condicionada al cumplimiento de varias obligaciones durante un periodo superior a dos años. Entre ellas se encuentra la prohibición de cometer nuevos delitos, el mantenimiento de la orden de alejamiento respecto a Quina Méndez y la participación en programas formativos sobre igualdad y prevención de la violencia de género.
Además, deberá hacer frente al pago de la sanción económica fijada en la sentencia. En caso de incumplir cualquiera de estas condiciones, el tribunal podría revocar la suspensión y ejecutar las penas de prisión impuestas. La condena fue dictada por un juzgado de Jerez de la Frontera, que le impuso penas de 11, ocho y seis meses de prisión por los tres delitos de malos tratos, además de 25 días de localización permanente por un delito leve de vejaciones.
La jueza dio credibilidad al relato de Quina Méndez
En la sentencia dictada en primera instancia, la magistrada concedió plena credibilidad al testimonio de Quina Méndez, expareja del cantante y madre de sus dos hijos. En la resolución judicial, la jueza señaló que su declaración había sido "clara, congruente y coherente", además de coincidir con lo manifestado tanto en la denuncia inicial como durante la fase de instrucción y ante los profesionales del Instituto de Medicina Legal.
La resolución también recoge que Méndez dependía económicamente del artista durante la relación. Según los hechos considerados probados, mientras ambos residían en República Dominicana era él quien asumía los gastos familiares y domésticos, ya que ella no disponía de cuenta bancaria ni de tarjeta propias.
Asimismo, la magistrada concluyó que la convivencia comenzó a deteriorarse tras el embarazo del primer hijo de la pareja. Desde ese momento, las discusiones pasaron a ser frecuentes y, según los hechos probados, durante esos enfrentamientos el cantante dirigía de forma reiterada insultos y expresiones vejatorias hacia Méndez, además de expulsarla de la vivienda o de la habitación en distintas ocasiones.
Con esta decisión de la Audiencia Provincial de Cádiz, la condena queda ratificada, aunque el cantante no tendrá que ingresar en prisión siempre que cumpla las condiciones impuestas por el tribunal durante el periodo fijado.