Cómo saber el importe a pagar por la nueva tasa de basuras y los factores que lo determinan

Todos los municipios de más de 5.000 habitantes están ya aplicando la nueva tasa de basuras, que está recogida en el artículo 11.3 de la Ley 7/2022
El Ayuntamiento de Madrid rediseña la tasa de basuras ante el rechazo de los ciudadanos: los cambios para 2026
La tasa de basuras ha llegado a la vida de los españoles que residen en municipios de más de 5.000 habitantes. Este nuevo tributo cumple con las exigencias que se recogen en el artículo 11.3 de la Ley 7/2022 impulsada por el Gobierno central a raíz de un mandato europeo.
La fecha límite para la entrada en vigor era el pasado 10 de abril, pero no ha sido hasta hace unas semanas cuando muchos ciudadanos han empezado a recibir los primeros recibos para la liquidación de esta tasa, en la que se establece también el período al que se corresponde y las instrucciones de pago. Un pago que es obligatorio, aunque el ciudadano decida reclamarla por considerar que el cálculo es incorrecto o que es injusto.

¿Cómo sé lo que tengo que pagar?
Con la puesta en marcha de la ley, la tasa ha pasado a ser obligatoria y, además de la polémica en torno a su aplicación, son muchas las dudas que se han generado en torno a ella. Una de las más repetidas es la de cómo saber cuánto hay que pagar. A este respecto, hay que tener en cuenta que si la tasa es de nueva implantación o en el municipio ya existía.
En el caso de nueva implantación, se recibirá una liquidación individualizada con el importe, el periodo al que corresponde y las instrucciones de pago. La notificación, que puede llegar por correo postal certificado o por notificación electrónica si se está dado de alta en el sistema, debe incluir varios datos:
- La identificación de la persona
- Los detalles de la deuda
- Los plazos de pago
- Las opciones para recurrir.
Si la tasa ya existía, la notificación se hace de forma colectiva mediante padrón y no se recibe una liquidación individual. Tan solo llegará un aviso o recibo de pago (que incluye el importe, el período, el inmueble o la actividad y la referencia), pero la notificación oficial del importe y de los datos que determinan la deuda se realiza con la exposición pública del padrón y el calendario fiscal. En este caso, se pueden consultar todo los datos en el tablón de anuncios y en la web municipal. En el recibo verifica el importe, la referencia y a qué periodo exacto corresponde. El recibo que te llega es el documento de pago, aunque suele incluir los datos básicos de la liquidación (importe, periodo, inmueble/actividad, referencia).
Una vez se tiene la notificación o el recibo, para saber cuánto nos corresponde pagar hay que tener en cuenta los factores que determinan el importe de la tasa:
- Tarifa Básica, basada en el valor catastral de la vivienda.
- Tarifa por generación, que depende de la cantidad de residuos generados por habitante en el barrio.
- Coeficiente de calidad, que se calcula en función de la calidad de la separación de residuos en tu barrio.
A estas variables habría que añadir algunas otras como en el caso de Madrid, que a partir de 2026 tendrá en cuenta la cantidad de personas empadronadas en la vivienda.

Quiénes pueden quedar exentos del pago o reducir el importe que pagan por la pasa de basuras
Además, a la hora de calcular el importe que se debe abonar, hay que tener en cuenta que habrá algunos ciudadanos que pueda reducir el importe que pagan o incluso quedar completamente exentos si cumplen determinados requisitos. Aunque podrían variar de un municipio a otro, en Madrid pueden acogerse a estas reducciones las personas que se encuentren en alguno de los siguientes grupos:
- Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y la Renta Mínima de Inserción están exentos del pago.
- Las familias numerosas pueden reducir la tasa de basuras (la reducción variará en función del valor catastral de la vivienda).
- Las viviendas que se encuentren vacías y aquellos locales que no tengan ninguna actividad solo pagarán la parte fija de la tasa
- Los inmuebles en ruina, los solares, los garajes y los trasteros no tendrán que pagar la tasa.
- Los residuos de actividades no pagarán si acreditan que han entregado los residuos a un gestor autorizado.
