Sergio Gutiérrez, experto inmobiliario, aclara si los inquilinos deben pagar la tasa de basuras: "La ley es clara"
La tasa de basuras es obligatoria para todos los municipios de más de 5.000 habitantes
Así pueden recurrir las familias la tasa de basuras: el sencillo formulario que la OCU ha creado para ayudarlas
La tasa de basuras sigue trayendo de cabeza a los ciudadanos de nuestro país, Aunque la fecha límite para la entrada en vigor de este nuevo tributo era el pasado 10 de abril, no ha sido hasta hace pocas semanas cuando muchos hogares ubicados en municipios de más de 5.000 habitantes (los únicos obligados a establecer esta tasa) han empezado a recibir los primeros recibos de este tasa obligatoria que cumple con las exigencias recogidas en el artículo 11.3 de la Ley 7/2022 impulsada por el gobierno central (cumpliendo un mandato europeo).
Desde su entrada en vigor, la tasa ha generado una gran polémica. De hecho, el Ayuntamiento de Madrid ya ha anunciado que habrá modificaciones de cara al año 2026 para intentar reducir las desigualdades que este impuesto genera. Más allá de esto, la gran pregunta que se hacen muchos es quién debe pagar la tasa en el caso de los pisos de alquiler. ¿Debe hacerse cargo el inquilino o el propietario? Ante las dudas que se están generando al respecto Sergio Gutiérrez, experto en el sector inmobiliario, ha aclarado si los inquilinos deben o no deben hacerse cargo del pago de la tasa.
Si eres inquilino, ¿debes pagar la tasa de basuras?
Aunque la tasa es obligatoria para todas las viviendas, ¿quién debe pagarla en caso de que esté alquilada? ¿Sobre quién recae el pago de ese tributo? La LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) estipula que el propietario puede imputar algunos gastos del inmueble, incluida la tasa de basuras, si está recogida por escrito en el contrato en el que además se debe incluir la cuota anual del impuesto. A este respecto, Sergio Gutiérrez explica los tres supuestos en los que los inquilinos no deben hacerse cargo del pago.
- "Si al firmar el contrato de alquiler no había una cláusula que decía que tenía que pagarla el inquilino". Cosa que según explica Gutiérrez es poco probable porque en algunas poblaciones no existía hasta ahora este tributo. Por este motivo, el experto recomienda revisar el contrato y verificar si se incluye o no.
- "No solo debe salir en el contrato sino que debe especificar el importe exacto", ha recalcado este experto en sus redes sociales. Es decir, el propietario no puede cobrar al inquilino esta tasa por no poder especificar el importe en el momento en que se firmó el alquiler. Por ese motivo, también conviene revisar el contrato para comprobar si se especifica la cantidad.
- "Aunque tu contrato si diga que tu pagarás la tasa y aparezca un importe, si la tasa no existía cuando firmaste el contrato tampoco te la pueden cobrar".
Por último, el experto ha recordado que la LAU es muy clara a la hora de especificar quién debe pagar la tasa de basuras en caso de las viviendas alquiladas. "Para que un gasto sea repercutible al inquilino debe estar perfectamente determinado y existir en el momento de la firma si el impuesto nace después pues obviamente no puede repercutirlo porque en el momento de la firma no era posible concretarlo ni pactarlo adecuadamente", ha terminado diciendo el experto.
Ante esta situación y tras la instauración de la nueva tasas de basuras, muchos contratos de alquiler recientes han empezado a incorporar cláusulas específicas sobre la distribución de los gastos para así evitar conflictos y se aclaren las obligaciones desde la fecha de inicio del alquiler.